Impuestos en Inglaterra
Cuanto, como y donde pagarlo
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    Otra de tus obligaciones cuando estés desarrollando un trabajo, sea en el país que sea es el pago de impuestos.

    Es importante que averigües si trabajar en otro Estado miembro te convierte en “residente fiscal” de dicho Estado. La normativa sobre el impuesto sobre la renta y otros impuestos no está armonizada a nivel europeo por lo que las leyes que has de respetar son las de aquel al que has transferido tu residencia.

    De modo general, toda persona que esté físicamente presente en otro Estado miembro durante al menos seis meses se considera residente en lo que respecta a los impuestos. Sin embargo, todos los países de la UE posen acuerdos mutuos en lo que se refiere a los impuestos por lo que no habrá nunca que pagar dos veces (en dos países) por los mismos ingresos. Así pues, por ejemplo, si vas a estar en Reino Unido trabajando durante 10 meses, por ejemplo, y esos ingresos los vas a declarar en España, no tendrás obligación de hacer la declaración de la renta británica.

    No obstante, si vas a residir un tiempo superior, puedes declarar tus ingresos en el país en el que estás trabajando.

    En todo caso, las normativas fiscales nacionales deben respetar el principio comunitario de no discriminar a los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión respecto a sus propios ciudadanos. Esto se aplica por ejemplo a las desgravaciones fiscales.

    Así pues te conviene informarte sobre tu situación fiscal a través de las autoridades tributarias o de asesores competentes de tu futuro país de residencia. También es conveniente que te pongas en contacto con la Agencia Tributaria española, donde a veces es necesario realizar ciertos trámites:

    Organismo:Agencia estatal de la administración tributaria
    Dirección
    : C/ Guzmán El Bueno 137, 28071 MADRID
    Teléfono: 91 582 67 67 / 91 582 66 99 (Oficina del contribuyente)

    Organismo:Dirección general de aduanas
    Dirección
    : C/ Guzmán El Bueno 137, 28071 MADRID
    Teléfono: 91 554 32 00

    En general, si resides en el Reino Unido, deberás tributar allí por la totalidad de tus ingresos y por las plusvalías del capital, con independencia del país del que provengan. No obstante, el Reino Unido ha celebrado convenios con todos los demás Estados miembros, con el objeto de evitar que tengas que tributar por partida doble por los mismos ingresos.

    Los ingresos percibidos durante un ejercicio fiscal (del 6 de abril al 5 de abril) sólo están sujetos al impuesto sobre la renta si exceden de determinado importe, que puede ser mayor o menor dependiendo de circunstancias tales como la edad y el estado civil del contribuyente.

    El sistema impositivo británico cobra varios impuestos a todos los ingresos generados en el Reino Unido. Y se basa en un sistema que se denomina PAYE, Pay-As-You-Earn (Pague usted según sus ingresos).

    La delegación tributaria local de la que dependas conservara todos los datos relativos a tu situación fiscal. Si trabajas por cuenta ajena, la empresa deducirá de tu sueldo el impuesto sobre la renta y lo abonara en tu nombre a la administración fiscal, con arreglo al sistema denominado "de retención a cuenta". Puede que también te veas obligado a rellenar una declaración fiscal al termino del ejercicio, a fin de que pueda comprobarse que has pagado el impuesto que te corresponde.

    Para aquellos que presentan declaración, el Reino Unido ha implantado un nuevo sistema de liquidación del impuesto, denominado de "autoliquidación". Con arreglo al mismo deben incluirse en la declaración todos los detalles pertinentes acerca de la renta y las plusvalías del capital. Estas cifras determinaran, en primera instancia, el impuesto que habrá de pagarse.

    Como en España, la agencia tributaria local podrá ayudarte gratuitamente a poner en orden tus asuntos fiscales y facilitarte información adicional. Las Oficinas de Asesoramiento de los Ciudadanos ("Citizens Advice Bureaux") disponen también de numerosos folletos sobre temas fiscales.

    Si tienes alguna queja que formular en cuanto a la forma en que se ha tramitado tu expediente es aconsejable que te dirijas a la administración fiscal. Si no quedas satisfecho de la resolución adoptada con respecto a tu reclamación puedes someter tu caso al "Revenue Adjudicator".

    Direcciones útiles:

    Servicio de aduana e impuesto sobre el consumo:
    Organismo
    : HM customs and excise
    Dirección
    : NEW KING´S BEAM, HOUSE 22 UPER GROUND – UK, LONDON SE1 9PJ
    Teléfono: 44 171 620 13 13

    Información en materia de impuestos sobre la renta:
    Organismo
    : Inland revenue
    Dirección
    : EC UNIT, ROOM S20, WEST WING, SOMERSET HOUSE – UK, LONDON WC2R 1LB
    Teléfono: 44 171 438 62 54

    © Injuve, Instituto de la Juventud



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